Alquilar puede generar sorpresas, tanto para el inquilino como para el propietario. Por eso, es bueno saber que hay derechos y obligaciones para las dos partes.
También hay garantías y procedimientos establecidos en la normativa. No obstante, la legislación tuvo varias modificaciones a lo largo del tiempo. Por lo tanto, no aplican las mismas reglas para todos los contratos de arrendamiento.
Hay derechos y obligaciones para las dos partes.
Antes de que existiera mayor libertad, había una normativa que resguardaba al inquilino. «¿Qué pasa en el mercado de alquileres cuando hacés un régimen que protege mucho al arrendatario? Se retrae. La gente no se ve tentada a tener inmuebles para alquilar», comentó un experto.
Para alquilar, ¿influye el año de construcción de la vivienda?
Hay diferentes aspectos a tener en cuenta a la hora de alquilar, dado que la legislación varía de acuerdo con el año en el que se construyó el inmueble y afecta el «contrato de arrendamiento urbano».
Una de las cosas a tener en cuenta es el año del permiso de construcción del inmueble. Parece algo menor pero, según la legislación uruguaya, es un factor determinante.
¿Por qué? La Ley 14.219 marcó un quiebre en el régimen. Si la vivienda es anterior a 1968 es una normativa, y si es posterior es otra.
¿Los alquileres se pagan en dólares o en pesos?
Los inmuebles de después de 1968 están en régimen de libertad de contratación. Ahora, ¿es una libertad absoluta? No. Se aplican dos capítulos de la Ley 14.219: las garantías y los procedimientos. Por lo tanto, a todos los inmuebles, sin importar de cuándo sean, tienen la misma legislación en esos temas.
Para los inmuebles construidos antes a 1968, los alquileres son en moneda nacional, es decir, «no se pueden fijar en dólares». Es más, si se decide negociar en moneda extranjera el valor se convierte a moneda nacional con la cotización del día previo a la fecha del contrato.
¿Cómo se ajustan los alquileres?
El reajuste del precio de alquiler es según la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) o el Índice de Precios del Consumo (IPC ~ la inflación). ¿Se puede elegir cuál? No. Para la suba se toma el valor más bajo.
¿Cuál es el plazo mínimo para alquilar?
Por otra parte, el plazo mínimo de arrendamiento de una vivienda es de dos años, y hay una prórroga de un año. Además, el plazo de desalojo es de otro año más, agregó.
Quien posea una casa de 1966 no puede decidir que el alquiler sea de US$ 1.000, que haya un reajuste de 10% anual y que el plazo de alquiler será de un año con opción a otro.
Hay exclusiones a la normativa. Por ejemplo:
- casas de alquiler por temporada,
- casas alquiladas a organismos o empresas internacionales,
- oficinas diplomáticas y consulares.
La base de este artículo se publicó originalmente en El País. Esta versión puede incluir ajustes, correcciones y ampliaciones.